PLAN RENOVE DE VENTANAS 2025
Con fecha 26 de diciembre de 2024, fue publicado en el BOCM, la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid por la que se convocan ayudas para incentivar la sustitución de ventanas, en viviendas del sector residencial, en desarrollo del Plan Renove de ventanas de la Comunidad de Madrid para el año 2024-2025.
Estas ayudas están destinadas a incentivar la renovación de las antiguas ventanas de las viviendas de la Comunidad de Madrid por otras de mayor eficiencia energética, fomentando con ello la reducción de la demanda energética de las viviendas, la disminución de la factura energética de los usuarios y la mejora de las condiciones de confort de las estancias.

Actuaciones subvencionables y período subvencionable
Las ayudas objeto del Plan Renove de Ventanas se destinarán a la sustitución de ventanas antiguas por otras de mayor eficiencia energética en viviendas ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid cuya ejecución, entendida como la fecha de factura/s y justificante/s de pago, esté comprendida entre el 27 de diciembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025 (ambos inclusive). En caso de que este plazo sea prorrogado se hará público a través de la página web de la Fundación de la Energía de acuerdo con la normativa vigente.
Tendrán la consideración de inversiones subvencionables en el Plan Renove de Ventanas aquellas renovaciones de ventanas en las que la totalidad de los elementos instalados esténdados de alta por los suministradores en la sede electrónica del Plan.
Para dar de alta los diferentes elementos, los suministradores de materia prima deberán presentar una declaración responsable junto con los ensayos o documentación técnica que acredite que cumplen las características técnicas siguientes:
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El marco de los perfiles utilizados en la fabricación de las ventanas deberá tener una transmitancia térmica (U) menor a 2,3 W/m2∙K y el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante debe poseer un valor de U menor o igual a 1,3 W/m2∙K, estando formado por, al menos, un vidrio bajo emisivo.
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Los marcos y hojas deberán ser de madera, metálicos, mixtos o de PVC.
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En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.
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En el caso de los marcos y hojas de PVC, tendrán clasificación para clima severo en España.
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Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana tendrán una permeabilidad al aire Clase 4.
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En el caso de sustitución de ventana con capialzado (persiana), el cajón de persiana tendrá permeabilidad al aire clase 4 e incorporará aislante térmico, de forma que elcajón tenga una transmitancia (U) menor o igual a 1,5 W/m2∙K.
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En todas las ventanas el herraje será perimetral, y en las de dos hojas movibles deberá incluirse palanca de rebajo en la hoja pasiva o sistema similar. Los fijos no requerirán herraje.
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Tanto el perfil, como el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante, el herraje,el cajón de persiana y motor deberán estar incluidos en la sede electrónica del Plan.
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La instalación deberá ejecutarse según la norma UNE 85219:2023 «Ventanas.Colocación en obra» para su correcta colocación en obra.
La superficie mínima de vidrio sustituido acumulada de la actuación vinculada a la solicitud de ayuda será de al menos 2 m2.
Las ventanas que se instalen deberán ser nuevas, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente, y tener como destino viviendas ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Las actuaciones a realizar que se acojan a este Plan Renove de Ventanas deberán llevarse a cabo por las Empresas Instaladoras Adheridas.
Se considerará actuación susceptible de ayuda la sustitución de elementos que ya cerrasen terrazas o balcones.
En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove de Ventanas la compra sin instalación;dicha instalación se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por la Empresa Instaladora Adherida al Plan Renove de Ventanas que realice la sustitución.
No se considerará actuación susceptible de ayuda:
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Los nuevos cerramientos acristalados que se coloquen con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías.
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El Impuesto sobre el Valor Añadido satisfecho por la adquisición de los bienes o servicios facturados, los gastos financieros de la actuación objeto de la subvención, los equipos o materiales reutilizados, los gastos en actuaciones de mantenimiento, así como los gastos que no estén claramente definidos o no resulten imputables directamente a la actuación subvencionada.
El inmueble en el que se realice la instalación debe tener un uso residencial conforme al uso principal descrito en su registro catastral.
El inmueble en el que se realice la instalación debe ser propiedad del solicitante de la ayuda.
El plazo para la realización de las actuaciones subvencionables comprende desde el 27 de diciembre de 2024 hasta el 31 de agosto de 2025 (ambos inclusive). En caso de que este plazo sea prorrogado se hará público a través de la página web de la Fundación de la Energía de acuerdo con la normativa vigente.
Cuantía de las ayudas
La cuantía de las ayudas que podrán percibir los beneficiarios que realicen la sustitución de ventanas, cumpliendo los requisitos establecidos en la presente convocatoria y sus bases reguladoras, ascenderán a:
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120 EUR por cada m2 del vidrio instalado para ventanas sin capialzado motorizado.
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180 EUR por cada m2 de vidrio instalado para ventanas que incorporen un capialzadomotorizado.
Las ayudas del Plan Renove de Ventanas estarán limitadas, en cualquiera de los casos, a 3000 EUR de ayuda por beneficiario y vivienda.
Se considerará como coste elegible el formado únicamente por los conceptos de compra de ventanas, documentación técnica y la mano de obra necesaria para su instalación (IVA no incluido).
Beneficiarios
Podrán acceder a las ayudas reguladas en la presente convocatoria y sus bases reguladoras y obtener la condición de beneficiarios de estas, las personas físicas, empadronadas en la Comunidad de Madrid, que realicen la inversión subvencionable en inmuebles de su propiedad situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, de uso residencial, tal como aparezca en su uso principal en sede catastral que cumplan los siguientes requisitos:
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Rellenen correctamente, con este objeto, el Boletín de Solicitud de Ayuda del Plan Renove de Ventanas de la Comunidad de Madrid, según formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Fundación de la Energía de la Comunidad deMadrid.
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Realicen la reforma y el pago correspondiente en los plazos establecidos en la correspondiente convocatoria.
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Soliciten la concesión de la ayuda.
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Hayan aportado en los plazos establecidos en la correspondiente convocatoria la documentación indicada en las mismas.
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Estén empadronados en la Comunidad de Madrid en el momento de la solicitud.
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No hayan recibido ninguna otra ayuda para la misma actuación.
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Autoricen, en su caso, a la empresa instaladora a que presente y tramite la subvención ante la Fundación en la sede electrónica.
Suministradores y Distribuidoras/Instaladores Adheridos al Plan Renove de Ventanas
Serán considerados como Suministradores Adheridos al Plan Renove de Ventanas, en adelante «Suministradores Adheridos», las empresas que abastezcan a los fabricantes de ventanas de cualesquiera de los siguientes componentes de las ventanas: perfil, herraje, vidrio, cajón de persiana o motor de persiana.
Procedimiento de concesión
El procedimiento para el otorgamiento de las ayudas será el simplificado de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.3.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes en el Plan Renove de ventanas 2024 que se desarrolla mediante la presente convocatoria se podrá realizar a partir del 13 de enero de 2025 y hasta el 31 de agosto de 2025.
Solicitudes
Las personas físicas que reúnan los requisitos para obtener las ayudas reguladas en estas bases deberán presentar su solicitud en la correspondiente convocatoria.
Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos en el registro telemático de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid a través de la sede electrónica del Plan,conforme al modelo disponible en dicha sede electrónica.
Las instalaciones objeto de subvención deberán realizarse por empresas instaladoras adheridas.
Puede obtener más información en la página web de Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid https://www.fenercom.com/actuacion/plan-renove-ventanas-2024-comunidad-madrid/