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Computadora portátil y papeleo

AUDITORIA  COMUNIDADES 

QUE ES UNA REVISION DE CUENTAS EN COMUNIDAD DE PROPIETARIOS 

consiste en la revisión y verificación de cuentas anuales, así como de otros estados financieros o documentos contables elaborados con arreglo al marco normativo de información financiera que resulte de aplicación, y siempre que dicha actividad tenga por objeto la emisión de un informe sobre la fiabilidad de dichos documentos que pueda tener efectos frente a terceros".

POR QUE  Y CUANDO

Su comunidad puede haber pasado por un periodo de incertidumbre y desea poner al día, y conocer tanto los movimientos contables como las actuaciones en los últimos años, que de tenga información real y constatable.

RENDICION CUENTAS DE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

La rendición  de las cuentas anuales consistirá en revisar y verificar a efectos de dictaminar si dichas cuentas expresan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado de sus operaciones y, en su caso, de los flujos de efectivo de la entidad auditada, de acuerdo con el marco normativo de información financiera que resulte de aplicación y, en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo.

QUIEN PUEDE SOLICITAR UNA REVISION DE CUENTAS  Y COSTE

Los propietarios en caso de desear una revisión  por terceros, Deberán tener en cuenta el gasto extraordinario que deben  abonar. 

Por tanto solo se recomienda en caso muy concretos, que podemos asesorarles.

 ESTADOS CONTABLES Y OTROS DOCUMENTOS EN COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Estados financieros o documentos contables a que se refiere el artículo 2.1.b) consistirá en verificar y dictaminar si dichos estados financieros o documentos contables expresan la imagen fiel o han sido preparados, según corresponda, de conformidad con el marco normativo de información financiera expresamente establecido para la elaboración de los citados documentos o estados.

QUE VALIDEZ TIENE UNA  RENDICION DE CUENTAS EN UNA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

La rendición de cuentas, regulado en el artículo 336 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y cuenta con valor real para conocimiento y tranquilidad de los propietarios, empleados y proveedores,  de estado de cuentas y gestiones realizadas hasta el momento .

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